COMUNICADO SUNAT: SDA AUTORIZACION Y REGISTRO DE SALIDA REG IMPORTACION
Comunicado | ||||||||||||||||
A los operadores de comercio exterior: Se pone en conocimiento de los terminales portuarios, depósitos temporales, CETICOS y complejos aduaneros que a partir del 18 de abril del 2015 entró en vigencia el nuevo proceso del Importación para el consumo en la modalidad de despacho excepcional en la Intendencia de Aduana Marítima del Callao dentro del marco del Proyecto SDA. En ese sentido deberá tenerse en consideración lo previsto en el numeral 62, literal A de la Sección VII del Procedimiento General de Importación para el Consumo INTA-PG.01 (versión 7) vigente. Que se transcribe a continuación: Retiro de la mercancía
En sentido, el estado de la declaración que se muestra en la misma consulta del Portal Web (por ejemplo los estados de conclusión de despacho), no implica suspensión ni reversión del levante otorgado por la administración, razón por la cual se les recuerda a los terminales portuarios, depósitos temporales, CETICOS y complejos aduaneros tomar en cuenta lo establecido en el procedimiento antes mencionado. Así mismo, para el registro de la salida de las mercancías por parte del Depósito Temporal o Depósito Autorizado, a que se ahce referencia en el literal E.1 sección VII del Procedimiento General Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior INTA-PG.24 (versión 2), deberá efectuarse con el usuario Secundario – Clave SOL, se adjunta el siguiente link que contiene tutoriales con el proceso de registro de salida de mercancías. http://www.sunat.gob.pe/operatividadaduanera/sda/tutoriales-sda.html
Callao, 22 de abril del 2015 Programa Sistema de Despacho Aduanero
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